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Que son las necesidades educativas especiales?


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Question by caromess2002: Que son las necesidades educativas especiales?

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Answer by nefertiti
Se refieren a educar por ejemplo a niños con dificultades ya sean emocionales o por alguna enfermedad que requiera un tratamiento diferente al resto, hay niños que necesitan un grupo más reducido de niños o algun docente integrador. Creo que a eso se refiere

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7 Comentarios

  1. Se refieren a la educación de niños especiales, impedidos físicamente o neurológicamente.

  2. libelula_azul2006

    Se refiere a las necesidades que puedan presentar los alumnos que se diferencian al resto del grupo. Niños sobre dotados intelectualmente o por el contrario con coeficiente bajo, niños con discapacidades físicas (sordos, ciegos, sin la capacidad de caminar,con problemas motores), disléxicos, hiper activos, con deficiencia de atención etc. La educación debe prever programas que cubran todas estas necesidades.

  3. Discapnet: La Teoría: Las necesidades especiales

    En el mundo hay 150 millones de niños que necesitan atención especial en los centros de enseñanza.

    Decir que un alumno tiene necesidades educativas especiales es una forma de expresar que necesita ayuda pedagógicas y servicios específicos. Esa «necesidad» puede ser transitoria o permanente, o referirse a determinadas áreas y a otras no.

    Educación Especial no es la que se da a ciertos niños, sino el conjunto de recursos personales y materiales puestos a disposición del sistema educativo para que pueda responder adecuadamente a las necesidades que, de forma transitoria o permanente, pueden tener algunos alumnos.

    El objetivo de la Educación Especial es promocionar al alumno hacia situaciones y recursos lo más ordinarios posibles. Dentro de todos esos recursos que se abarcan bajo la denominación de Educación Especial, figuran:

    Los centros de educación especial públicos y concertados.
    Los centros de integración públicos y concertados.
    Los equipos interdisciplinares.
    Los centros de atención temprana.
    Los centros de profesores.
    Los centros de recursos de educación compensatoria.
    Los centros especificos para niños con discapacidades sensoriales.
    Los servicios itinerantes.
    Las escuelas infantiles de integración.
    Según la Constitución, todos tenemos derecho a la educación. Según la realidad, todos somos educables. Todos, absolutamente todos, tenemos capacidades, posibilidades de desarrollo personal. Toda persona puede desarrollar sus potencialidades.

    Normalizar es la palabra clave. Es decir, intentar integrar a los niños y jóvenes con discapacidad en los centros de enseñanza y enseñar a los otros a convivir con ellos y a considerarlos como unos más de la clase.

    ¿Qué es Integrar?

    Hoy todo el mundo habla de «integración» pero, a veces, usando la misma palabra se entienden cosas diferentes. Para unos, significa el derecho que asiste a personas con necesidades educativas especiales a ser admitidos en un ambiente normal. Para otros, aun concediendo que la intención de reunir a todos los niños en la misma escuela es buena, el resultado no. Consideran que se entorpece la tarea de los demás, y que el niño con necesidades especiales tampoco recibe ni la ayuda ni la atención que necesita.

    La realidad, en opinión de muchos expertos, es que todos aceptamos los principios, pero no sabemos cómo superar las dificultades que la integración plantea. El Dr. Flórez, asesor científico de la Fundación Síndrome de Down de Cantabria, concreta aún más: «No sabemos cambiar la escuela para que se abra, de verdad, a la diversidad, para que pueda responder a las necesidades educativas de cada niño»

    Hacen falta medios para llevar a cabo una política educativa integradora, pero eso no lo resuelve todo. Es preciso, a la vez, cambiar actitudes, lo que supone cambiar las ideas, los afectos y las conductas.

    Una actitud no surge de forma espontánea, es el producto de un largo proceso de aprendizaje. Pero es importante conseguirlo porque, si la integración fracasa en la escuela, la sociedad seguirá manteniendo apartadas a las personas con discapacidad y, entonces, las leyes y las declaraciones sólo serán letra muerta.

    Un poco de historia

    La Ley General de Educación de 1970 es el referente próximo del que vamos a partir para explicar la educación de alumnos con necesidades especiales. En ella se fijaron las bases para su incorporación a la vida social, partiendo de que el objetivo de la formación es lograr el pleno desarrollo de cada persona, según sus condiciones y características.

    En 1975 se creó como Organismo Autónomo, dependiente del Ministerio de Educación, el Instituto Nacional de Educación Especial, cuyo primer objetivo era ordenar el panorama educativo ante la heterogeneidad de centros existentes. Este Organismo presentó, tres años más tarde, un Plan Nacional para la Educación Especial. En él se hablaba de «normalización e integración escolar», como objetivos que había que conseguir.

    Partiendo del hecho de que muchos niños con necesidades educativas especiales pueden acceder a la educación ordinaria, propugnaba su integración en los colegios junto a los demás. Mientras que otros, los menos, debían seguir una educación especial, en centros específicos.

    Pero hubo que esperar hasta 1982, fecha en que se promulgó la Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI), para que se dieran pasos decisivos en esta dirección.

    La LISMI, apoyándose en el artículo 49 de la Constitución Española, que dice que «Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos», estableció las bases que debían regir la educación de personas con alguna deficiencia en sus capacidades físicas, sensoriales o psíquicas, teniendo en cuenta los principios de integración escolar.

    Para la LISMI, las dificultades de una persona discapacitada son mayores o menores según el grado de adaptación que tenga a su medio familiar, educativo, laboral y social, y no dependen únicamente de sus deficiencias. Es decir, su mayor o menor integración está en función de sus condiciones personales, pero no sólo de ellas, sino también de los recursos que la sociedad ponga a su disposición. La LISMI defiende la integración de las personas con discapacidad en el sistema ordinario de educación general, con los apoyos necesarios, y deja la educación en centros especiales, con carácter transitorio o definitivo, únicamente para aquellas personas que no puedan integrarse en el sistema educativo ordinario.

    Según la LISMI, la educación especial debe permitir a la persona desarrollar sus capacidades y adquirir los conocimientos y habilidades necesarias para lograr el mayor grado posible de autonomía personal y la incorporación a la vida social a través de un trabajo adecuado a sus posibilidades.

    Para ello, era necesario ordenar todo el panorama educativo para adaptarlo a las ideas básicas de normalización, integración e individualización. Fue entonces cuando se creó la Subdirección general de Educación Especial, dentro de la Dirección General de Educación Básica, suprimiéndose el anterior Instituto Nacional de Educación Especial.

    Para concretar los aspectos educativos de la LISMI nació el Real Decreto 334/1985 de Ordenación de la Educación Especial, que ha sido la norma vigente durante todos estos años y que supuso un hito en la historia de la educación especial. El énfasis en el diagnóstico de las deficiencias y en su rehabilitación da paso a la búsqueda de todo tipo de asistencias pedagógicas que puedan ayudar a las personas con minusvalías a progresar hacia los objetivos educativos marcados para todos, si bien teniendo en cuenta las diferencias individuales.

    La educación especial, se dice, debe llevarse a cabo en centros escolares, públicos o privados, en régimen de integración en diversos grados:

    Completa en aulas ordinarias, con programas de apoyo individualizado para quienes lo necesiten.
    En integración combinada entre aulas ordinarias y de educación especial.
    En régimen de Integración parcial, es decir, niños escolarizados en aulas de educación especial, pero dentro de un centro ordinario y participando, junto a los demás alumnos, de otras actividades.
    Y sólo cuando nada de esto sea posible, se recurrirá a la escolarización en centros específicos.

  4. El término NEE es muy amplio y poco claro pero habitualmente se utiliza para referirse a todos aquellos niños o adultos que presentan dificultades de aprendizajes y que requieren de atención especializada para sus aprendizajes, es decir, que van a precisar unas determinadas ayudas pedagógicas o servicios especícos para el logro de sus fines educativos.

  5. Son todas aquellas que atañen a las personas que requieren de educación especial. Por ejemplo, a los niños(as) que son diagnosticados como disléxicos o con problemas de aprendizaje de la lecto-escritura se les aplican metodologías didácticas a base de materiales concretos y no de manera regular.
    Vease: educacion especial

  6. Mira son planes de estudios modificados de acuerdo a las necesidades de los que la necesitan:
    Por Ejemplo Mis hijos 11, y 9 están en un salón regular con modificaciones (osea al de 11 le dan menos tarea, le toman los exámenes orales en vez de escritos en vez de darle un cuestionario de 40 preguntas le dan uno de 15 al de 9 sus modificaciones son diferentes tales como le dejan participar mas seguido le dan mas trabajos de participación en grupos etc. etc. el de 11 es Autista el de 9 es Hiperactivo) lo bueno de esto es que x cualquier motivo no cumplen en la escuela no los expulsan o los corren.

  7. Las necesidades educativas especiales tienen que ver con la educación distinta a la formal o comun. Generalmente se utiliza ese término para la educación de aquellas personas que tienen capacidades distintas y que no pueden encontrar en la educación formal una respuesta a su problema de enseñanza.

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